top of page
OOAPAS_Pátzcuaro.jpeg
WhatsApp Image 2022-02-01 at 10.47.09 AM.jpeg
  • Alejandro Martínez Castañeda

DE AVANZADA, EL DERECHO FAMILIAR EN MICHOACÁN


PÁTZCUARO, Michoacán.- El derecho familiar en Michoacán ha venido evolucionando de acuerdo a los principios de universalidad y progresividad de los derechos humanos, poniéndose la entidad como una de las más avanzadas en la materia en el país.

Al destacar lo anterior, Hugo Gama Coria, director del Registro Civil, refirió que en el estado ya se contempla el tema del orden de los apellidos, la restricción del matrimonio para menores de edad y el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Dijo que durante el 2016 entraron en vigor diversas reformas “que impactaron de manera positiva en la norma que regula el derecho familiar, esto como medidas para reconocer y respetar derechos humanos”

Tales reformas, abundó, tuvieron como resultado un nuevo concepto de la figura jurídica del matrimonio, excluyéndose los términos "hombre y mujer”, y “perpetuar la especie", quedando solamente como la unión de dos personas.

"Es necesario aclarar que la unión entre personas del mismo sexo, en términos jurídicos se llama matrimonio, no se llama matrimonio igualitario, pues hacer distinción provocaría discriminación”, apuntó el funcionario estatal.

Detalló que durante el año que culmina se celebraron 61 matrimonios entre personas del mismo sexo en Michoacán, siendo Morelia el lugar donde más se han realizado.

Asimismo, reveló que el pasado mes de abril entró en vigor la reforma que restringe el matrimonio entre menores de edad o con uno de ellos, derivado de una recomendación de la Unicef al Estado mexicano y las entidades federativas, con el objeto de salvaguardar el interés superior de la infancia, en específico para proteger a las niñas, erradicar la violencia y la discriminación contra las mujeres, así como de garantizar el libre y pleno consentimiento para celebrar matrimonio a que se refiere el artículo 16 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

De igual manera, “como consecuencia de un análisis a la norma jurídica y revisando los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en Michoacán se determinó que es factible registrar a un menor con el apellido materno antes que el paterno, pues la norma no obliga a los padres ni al oficial del Registro Civil a establecer un orden predeterminado, quedando la libertad para los papás de elegir el orden que ellos consideren, y así garantizar el derecho humano de la igualdad entre el hombre y la mujer”, puntualizó.

#patzcuaro

35 visualizaciones0 comentarios
bottom of page