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Derechos humanos: la deuda pendiente de los gobiernos municipales de Michoacán

  • Alejandro Castañeda
  • hace 6 minutos
  • 2 min de lectura

Por Alejandro Castañeda


Desde 2011, la Constitución mexicana establece que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, bajo los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. La disposición incluye, sin excepción, a los gobiernos municipales.


Quince años después, sin embargo, persiste una ausencia que pocas veces ocupa el centro de la discusión pública: la mayoría de los ayuntamientos no cuenta con una política pública diseñada explícitamente desde la perspectiva de los derechos humanos.


No significa que los municipios sean ajenos a los derechos o que toda su actuación implique violaciones deliberadas. El problema es más profundo y menos visible: los derechos humanos rara vez constituyen un criterio que oriente de manera sistemática las decisiones cotidianas del gobierno municipal.


Así, trámites, servicios públicos, seguridad de proximidad, gestión del agua, desarrollo urbano o recuperación de espacios públicos suelen administrarse desde criterios reglamentarios, presupuestales o de eficiencia. Con frecuencia quedan en segundo plano principios como la no discriminación, la accesibilidad, la participación ciudadana o la atención diferenciada de quienes enfrentan mayores condiciones de vulnerabilidad.


La ausencia se vuelve particularmente evidente en tres ámbitos.


El primero es la atención ciudadana. No todos los municipios cuentan con protocolos que garanticen de manera efectiva un trato digno y sin discriminación para personas indígenas, adultas mayores, personas con discapacidad o quienes enfrentan barreras económicas, culturales o de comunicación.


El segundo es la relación con las comunidades indígenas. En regiones donde existe una importante presencia p'urhépecha, las decisiones municipales relacionadas con territorio, obras, servicios o recursos naturales plantean la necesidad de incorporar mecanismos de participación y, cuando corresponda, de consulta previa, libre e informada.


El tercero es el medio ambiente. El deterioro de un lago, un río o un bosque suele abordarse como un problema exclusivamente ambiental, cuando también compromete derechos como el acceso al agua, la salud y el disfrute de un medio ambiente sano.


El problema no es exclusivo de Michoacán. A escala nacional, los derechos humanos aparecen con frecuencia en los discursos institucionales, pero todavía cuesta encontrarlos convertidos en criterios concretos para decidir cómo se distribuye el presupuesto, cómo se presta un servicio, a quién se atiende primero o cómo se incorpora la voz de las comunidades.


Y esa ausencia tiene consecuencias. Cuando no existe una política institucional, la protección de los derechos puede depender demasiado de la voluntad del gobernante en turno. Lo que un ayuntamiento impulsa hoy puede desaparecer mañana, porque no existe una estructura que garantice continuidad.


Por eso, en estos días en que los municipios presentan sus informes de gobierno, quizá valga la pena mirar más allá de las cifras de obras, programas y recursos ejercidos y formular una pregunta distinta: ¿Qué tanto de lo realizado por el municipio puede leerse como una política efectiva para garantizar derechos?


La respuesta permitiría saber si los derechos humanos han dejado de ser una referencia discursiva para convertirse, finalmente, en una forma de gobernar desde lo local.

 
 
 

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